A través del Decreto 407/2026 publicado este lunes en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo nacional oficializó la reglamentación de modificaciones significativas correspondientes a la Ley de Modernización Laboral. La medida introduce la implementación de esquemas digitales, promueve la simplificación de trámites y busca flexibilizar diversos aspectos de las relaciones del trabajo.
Los puntos centrales de la nueva normativa contemplan los siguientes ejes:
- Fin de los libros impresos: La registración laboral se gestionará completamente de forma digital a través de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). A partir de esto, los empleadores ya no tendrán la obligación de llevar los libros laborales tradicionales en soporte físico.
- Control electrónico de licencias: Las prescripciones médicas que incluyan días de reposo deberán ser emitidas de manera electrónica en el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias. En caso de discrepancias entre el diagnóstico presentado y el control del empleador, las partes podrán recurrir a una junta médica oficial.
- Mayor claridad en los recibos de sueldo: Las liquidaciones de haberes deberán exhibir información clara y comprensible. El empleador tendrá que detallar de forma obligatoria el costo laboral total, los conceptos involucrados y el monto neto final percibido por el trabajador.
- Convenios vencidos y readecuación sindical: Se considerarán formalmente vencidos aquellos convenios colectivos cuyo plazo original de vigencia haya expirado. Por otra parte, las estructuras directivas de los sindicatos deberán guardar una proporcionalidad razonable con el número real de afiliados cotizantes.
Finalmente, la reglamentación modifica el marco para las Empresas de Servicios Eventuales, eliminando rigideces y adecuando las exigencias de garantías según el tamaño de la firma para facilitar la operación de las pequeñas y medianas empresas.
















